Formato de identificación del beneficiario controlador
Por: Juan Raúl López Villa
Ponemos a tu disposición el Formato de Identificación del Beneficiario Controlador, indispensable para cumplir con los estándares actuales de transparencia y control fiscal
Con fundamento en el artículo 18, fracción III, de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se establece que debe solicitarse a la persona clienta o usuaria con quien se realicen actos u operaciones, información sobre si conoce la existencia de la o el Beneficiario Controlador y, en su caso, presentar la documentación oficial que permita identificarlo, cuando cuente con ella. Asimismo, conforme al artículo 12, fracción VII, de las Reglas de Carácter General emitidas en términos de dicha ley, quienes lleven a cabo Actividades Vulnerables deben registrar y recabar los datos y documentos correspondientes, siempre que el cliente o usuario los tenga en su posesión.
Es por ello que ponemos a tu disposición el Formato de Identificación del Beneficiario Controlador, indispensable para cumplir con los estándares actuales de transparencia y control fiscal.