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02 Septiembre 2025

Inconsistencias legales e inconvencionalidad de la iniciativa de reforma constitucional de MORENA

Por: Juan Raúl López Villa

La iniciativa de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada por el Senador Saúl Monreal Ávila contiene graves inconsistencias legales y elementos de inconvencionalidad, especialmente en lo que respecta a la división de poderes, la estructura del Poder Legislativo y los derechos humanos que de ser aprobada afectaría de manera grave a todos los mexicanos.

Inconsistencias Legales.

La propuesta introduce un nuevo esquema de división del "Supremo Poder de la sociedad," que lo clasifica en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Electoral, además de tres "funciones del Estado": Procuración de Justicia y Seguridad, Autoevaluación del Estado, y Función Educativa y de Comunicación Humana. Esta nueva estructura es inconsistente con el modelo tradicional de división tripartita de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) que actualmente establece la Constitución actual, creando una fragmentación que podría generar conflictos de competencias y diluir la responsabilidad de las instituciones. La adición de un "Poder Electoral" y diversas "funciones del Estado" introduce un modelo legalmente ambiguo y no probado, que evidentemente choca con la estructura constitucional mexicana.


Otros puntos de inconsistencia son:
-Composición del Senado: La propuesta reduce significativamente el número de senadores, de 128 a 64, y cambia la forma de elección. El actual modelo se basa en dos senadores por mayoría relativa y uno por primera minoría en cada estado y en la Ciudad de México, más 32 de representación proporcional. La iniciativa plantea 32 senadores por mayoría relativa y 32 por primera minoría, con lo qie se elimina la representación proporcional. Lo anterior podría disminuir la diversidad de la representación política en la Cámara alta.
-Duración y composición de la Cámara de Diputados: La iniciativa aumenta el mandato de los diputados de tres a seis años, lo que por supuesto reduce la rendición de cuentas ante la ciudadanía. Además, se propone eliminar a los 200 diputados de representación proporcional, reemplazándolos con un nuevo sistema de "insaculación calificada" para las “minorías”, que no detalla cómo se garantizaría una representación equitativa. Este cambio podría mermar la pluralidad ideológica en el Congreso, una de las funciones principales del sistema de representación proporcional.
-Prohibición de Partidas Secretas y Fideicomisos: Aunque la iniciativa mantiene la prohibición de partidas secretas, introduce un nuevo punto que prohíbe los fideicomisos "que no se encuentren autorizados y contemplados por la Cámara de diputados". Esta redacción es ambigua, vaga e imprecisa y podría ser interpretada de forma discrecional, lo que afecta a la certidumbre jurídica de los instrumentos financieros del Estado.

Inconvencionalidad y Derechos Humanos:
La propuesta de reforma presenta elementos que podrían ser inconvencionales y violatorios de derechos humanos y principios democráticos establecidos en tratados internacionales y jurisprudencia.


Derecho a ser votado:
-La propuesta añade un requisito para ser diputado de "no tener antecedentes penales", lo que podría ser inconvencional. La jurisprudencia emitida por la CIDH ha establecido que la restricción de derechos políticos debe ser proporcional y basada en una sentencia penal firme, no en un simple antecedente. Lo anterior, implicaría evidentemente la violación al derecho político de ser votado y la presunción de inocencia.
-Se elimina el requisito actual de que los candidatos a diputados de listas plurinominales sean originarios o vecinos de las entidades que comprenden su circunscripción, con más de seis meses de residencia efectiva. Al desaparecer dicho requisito, la reforma podría debilitar el vínculo representativo entre los legisladores y los ciudadanos que se supone deben representar, lo que atenta contra el principio de representación democrática.


Libertad de expresión y fiscalización:
-El nuevo Artículo 67 establece que los legisladores "ejercerán sus funciones con plena libertad de expresión, de acción y omisión" y sancionará a "líderes de partido, empresas o cualquier institución que ejerzan presión" sobre ellos. Si bien busca proteger la autonomía de los legisladores, la redacción es excesivamente amplia y podría ser interpretada de manera que vulnere la libertad de expresión de los ciudadanos, medios de comunicación y grupos de interés que, en una democracia, tienen el derecho a ejercer presión política de manera legítima.
-El artículo 61 se reforma para eliminar la inmunidad parlamentaria o "fuero constitucional" de los legisladores, al modificar el texto que establece que "jamás podrán ser reconvenidos" por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos. Esta eliminación podría exponer a los legisladores a juicios por sus opiniones, lo que afecta la independencia y el libre debate en el Congreso.


Auditoría y Fiscalización:
-La iniciativa reforma el artículo 79 para cambiar el nombre de la "Auditoría Superior de la Federación" a "Entidad de Fiscalización Superior de la Federación". Esto es un cambio nominal que podría generar confusión y no aporta mejoras sustanciales a la función fiscalizadora.
-La propuesta acorta el plazo para que la Cámara de Diputados revise la Cuenta Pública, del 31 de octubre al 30 de septiembre, lo que podría no ser suficiente para una revisión exhaustiva y de calidad, afectando la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.


En conjunto, la iniciativa presenta una serie de cambios que, lejos de modernizar el marco normativo, podrían generar un retroceso en los principios de representatividad, transparencia y equilibrio de poderes en México. Además se establecen las bases para la desaparición del TFJA. Lo cual sería sumamente peligroso para los gobernados al verse imposibilitados de impugnar vía contenciosa administrativa los actos administrativos del Estado.

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