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17 Febrero 2026

Fecha cierta y materialidad: lo que el SAT sí te va a exigir

Por: Juan Raúl López Villa

La jurisprudencia de diciembre de 2019 establece que la fecha cierta se acredita con la ratificación de firmas ante notario.

Lo más conveniente es obtener el documento original firmado por las partes, certificar copia ante notario y anexarlo a la carpeta de materialidad. Los contratos deben tener firma autógrafa, pues aunque exista norma y reconocimiento de PRODECON, el SAT no reconoce aún la firma electrónica.

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